En el Archivo Histórico Provincial de Jaén, se conserva una serie denominada Expedientes de la Policía Minera, dentro del fondo de la Jefatura Provincial de Minas, que refleja las funciones de inspección que ejercía la Jefatura de Minas de la Provincia.
Dentro de esta serie, encontramos unos expedientes (legajo 34.477) correspondientes a la Sociedad Minas de Castilla la Vieja y Jaén, que explotaba entre otras, las minas El Castillo, Sinapismo, La Rosa y Rafaelito, en el término municipal de La Carolina. En estos expedientes se realizan denuncias sobre las condiciones de trabajo dentro de las minas. Los trabajadores piden que la anquilostomiasis, una enfermedad causada por el trabajo en el interior de las minas, sea considerada como enfermedad laboral, que las compañías explotadoras de las minas lleven a cabo medidas para atajarla y que se cumpla la legislación vigente relativa a los accidentes de trabajo y a las condiciones de seguridad y salud laboral (1).
La reivindicación tiene su punto de partida en un escrito dirigido al presidente del Consejo de Ministros que realiza un minero, José Segura Cantón, en el que denuncia los problemas que en la mina Rafaelito, está causando la enfermedad de la anquilostomiasis o anemia de los mineros. La denuncia se fundamenta en el incumplimiento por parte de la compañía de lo establecido en materia de lucha contra esa enfermedad, en los términos que ya la legislación de la época recoge en la Real Orden de la Presidencia de 3 de enero de 1912 (2). A esta denuncia, se le une otra realizada por organizaciones obreras en términos similares como parte de las reivindicaciones realizadas con motivo de la festividad del primero de mayo.
“[…] Casi todas las minas de esta comarca están infectadas por el anquilostoma. La denuncia de este horroroso mal social que nos azota a los mineros, fue hecha a Vuestra Excelencia con motivo de la celebración de la fiesta del Primero de Mayo. […]”
“[…] las órdenes del Gobierno se hayan desvirtuado al confiar su cumplimiento a la Jefatura de Minas de esta provincia, que no parece que tenga otra obligación que cumplir que la de […]”
A raíz de estas reclamaciones, dirigidas al Presidente del Consejo de Ministros, se realiza una investigación por parte de la Jefatura de Minas de Jaén para comprobar la veracidad de las denuncias. Las conclusiones de las actas de inspección manifiestan el cumplimiento de la legalidad por parte de las compañías y señalan que son las conductas de los mineros (andar descalzos, realizar sus necesidades dentro de la mina, etc.) las causantes de los efectos de la enfermedad.
“[…] La curación de la anemia, es problema cuya solución no se conseguirá hasta que el obrero esté educado en el cumplimiento de los deberes que una buena higiene exige. […]”
Es destacable comprobar cómo la Federación Obrera Local canalizará las reivindicaciones laborales, despertando la conciencia de clase entre los obreros, convirtiendo el reconocimiento de la anquilostomiasis como enfermedad laboral en la reivindicación principal en la Fiesta del Trabajo del primero de mayo de 1916.
La anquilostomiasis o anemia de los mineros se trata de una enfermedad producida por un parásito (Anchylostonum duodenale) que vive en el agua o en la tierra húmeda. Cuando el parásito infecta al hombre, se aloja en el intestino delgado, produciendo la enfermedad. La penetración del parásito puede hacerse por vía bucal, cutánea y respiratoria. Los alimentos y bebidas contaminadas son el modo más común de realizarse la infección, aunque también puede producirse por vía respiratoria. Igualmente la costumbre de andar descalzo puede ser motivo de contagio, por vía cutánea (3).
La enfermedad se convirtió en un problema para la salud laboral en las minas, de tal modo que la Real Orden de 3 de enero de 1912 mandaba “inspeccionar las zonas mineras que se consideren sospechosas de infección de anquilostomiasis, y se disponían medidas de policía para evitar el contagio”. Entre las medidas sanitarias que se establecían para evitar el desarrollo y el contagio de la enfermedad estaban las siguientes:
“[…] 5. º Que las compañías explotadoras saneen y desinfecten, conforme a las reglas y preceptos de la ciencia, los pozos y galerías infectadas y establezcan la conveniente ventilación. 6. º Que las Compañías prohíban ciertas evacuaciones portadoras de gérmenes en los trabajos interiores y que en ellos penetren descalzos los mineros. 7. º Que las compañías establezcan los retretes, lavabos y guardarropas necesarios en las inmediaciones de las bocas de entrada a los pozos y galerías, procurando la mayor limpieza y educación higiénica del minero. En las minas que sea necesario se exigirán retretes e inodoros portátiles dentro de las labores interiores[…]”
En estos expedientes vemos cómo los obreros van tomando conciencia de clase frente a los propietarios de las minas y buscan la intermediación de la Administración para atajar los problemas de salud en los puestos de trabajo, algo que hoy día vemos normal.
Esta documentación es muestra de la importancia que la minería tenía en la provincia de Jaén hace 102 años, una realidad que hoy nos parece muy lejana y prácticamente desconocida.
Luis Quesada Roldán
Archivo Histórico Provincial de Jaén
(1) Ley de accidentes de trabajo, de 30 de enero de 1900 (Gaceta de Madrid núm. 40 de 9 de febrero).
(2) Real Orden de la Presidencia, de 3 de enero de 1912 (Gaceta de Madrid de 22 de enero de 1912).
(3) Enciclopedia Universal Ilustrada Europeo Americana Edición facsímil de 1908. Madrid: Espasa-Calpe, 1995. Tomo 5, pág 708.
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